INTRODUCCIÓN AL ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO FARMACÉUTICO, SANITARIO Y BIOTECH
¿Qué salidas existen en la carrera de derecho? ¿Quieres ser abogado especializado en Derecho Sanitario Farmacéutico y Biotecnológico? El Derecho Médico (Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech) es una rama transversal del Derecho, pues interactúa con diversas disciplinas jurídicas al mismo tiempo, ya que regula cuestiones tan variopintas como la organización administrativa de los centros sanitarios, la protección de la salud, la responsabilidad civil y penal de los profesionales sanitarios, la bioética y la biotecnología –desarrollo tecnológico en la investigación sanitaria y en la propia asistencia sanitaria–, derechos constitucionales de los pacientes, etc. Y ello sin olvidar que se trata de un sector ampliamente regulado y sujeto a competencias y normativas europeas, estatales y autonómicas.
Nos encontramos ante una emergente rama del Derecho que cada vez cobra más importancia entre los profesionales jurídicos. Por ello, se convierte en una de las salidas de Derecho más importantes pese a que durante la carrera universitaria no se estudien asignaturas sobre esta materia, si bien se pueden cursar estudios postuniversitarios de especialización en la misma.
En cualquier caso, es un campo que requiere un alto grado de especialización por la complejidad que presenta y por la relevancia de las cuestiones que se encuentran reguladas por el Derecho Médico-Sanitario, Farmacéutico y de Biotech.
Esta necesidad de especialización y el elevado carácter técnico de esta rama del Derecho hace absolutamente recomendable que tanto los centros y profesionales sanitarios y farmacológicos como los propios pacientes cuenten con los servicios de un Abogado especializado en Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech para defender sus intereses y ejercitar los derechos que les amparan.
Esta idea es la que recoge la Asociación Española de Derecho Sanitario, creada en 1992, de la que puede formar parte cualquier persona interesada en cuestiones relacionadas con estas dos disciplinas, Derecho y Medicina, y la interrelación entre ellas.
SALIDAS DE DERECHO. El abogado de derecho sanitario, farmacéutico y biotech
La Abogacía es una de las salidas de Derecho, y dentro de este gran campo se encuentra la especialidad de Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech, un ámbito emergente cuya relevancia cada vez es mayor y que, por lo tanto, puede ofrecer grandes oportunidades laborales a quienes decidan dedicarse a esta materia.
Entre las salidas de derecho a las que puede optar un Abogado especializado en Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech, se encuentran las siguientes:
Abogado por cuenta propia.
Abogado por cuenta ajena:
- Despacho de Abogados especializado en este campo o en algunas de sus subespecialidades (Derecho Sanitario, Derecho Farmacéutico o Derecho Biotech).
- Departamento de Derecho Mercantil de grandes firmas.
- Departamento de Derecho Sanitario de grandes firmas.
- Departamento de Nuevas Tecnologías de grandes firmas, encaminado sobre todo al Derecho de Biotecnología, Bioética y E-medicina.
- Asesoramiento a Asociaciones del ámbito médico, sanitario y farmacéutico; a Colegios Profesionales; o a empresas de distribución farmacéutica o de investigación biomédica.
- Asesoramiento en compañías aseguradoras.
PERFIL PROFESIONAL DEL ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO SANITARIO
El perfil profesional del Abogado especializado en Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech reúne las siguientes características:
- Dominio de la normativa aplicable a las diferentes ramas del Derecho aplicables en el sector:
- Derecho Sanitario propiamente dicho.
- Derecho Farmacéutico.
- Derecho de Biotecnología.
- Derecho Mercantil (Propiedad Intelectual, Patentes, comercio exterior…).
- Derecho Administrativo (organización administrativa de los centros sanitarios, contratación pública…).
- Derecho Civil y Penal en cuanto a la posible responsabilidad de los profesionales sanitarios y de las personas jurídicas del ámbito sanitario y farmacéutico.
- Dominio de los derechos que asisten a los pacientes, entre los que se encuentra la protección de datos personales, pues los datos relativos a salud son datos especialmente sensibles y necesitados de un fuerte nivel de protección.
- Conocimiento de Derecho Laboral, en caso de que el cliente sea un trabajador del sector sanitario o un profesional que ejerce la medicina en el ámbito público.
- Conocimiento del Derecho Tributario en caso de que el cliente sea una compañía nacional o multinacional del sector farmacéutico, sanitario y biotecnológico.
- Conocimiento del Derecho Procesal para garantizar la mejor defensa de los derechos e intereses de los clientes, ya sean éstos pacientes o, por el contrario, profesionales o centros médicos, sanitarios o farmacéuticos.
FUNCIONES DE UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO SANITARIO
Entre las funciones propias de un Abogado especializado en Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech, se pueden señalar las siguientes:
- Asesoramiento integral para la apertura de clínicas médicas privadas.
- Asesoramiento jurídico integral a farmacias.
- Asesoramiento legal para el desarrollo, gestión y comercialización de avances tecnológicos médicos y de bioinformática.
- Asesoramiento legal a Médicos, especialmente orientado a la responsabilidad que puede derivar del ejercicio de la profesión de médico, de enfermero, etc.
- Asesoramiento laboral para aquellos profesionales contratados por centros sanitarios, con independencia de si éstos son públicos o privados.
- Revisión de contratos, convenios de colaboración y patrocinios celebrados entre laboratorios y proveedores.
- Gestión de trámites administrativos para la obtención de autorizaciones administrativas que permitan la comercialización de medicamentos y productos sanitarios.
- Representación y defensa en procedimientos de mediación sanitaria.
- Defensa en procedimientos judiciales (agresiones físicas o psicológicas a profesionales médicos, negligencias médicas que ocasionan perjuicios a pacientes, propiedad intelectual de fórmulas para la elaboración de medicamentos…).
NORMATIVA QUE DEBE CONOCER UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN DERECHO SANITARIO
La normativa que debe conocer un Abogado especializado en Derecho Sanitario, Farmacéutico y Biotech es muy amplia, y entre ella se encuentra la que se menciona a continuación y que está disponible en el BOE:
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
- Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
- Ley 37/1962, de 21 de julio, sobre Hospitales.
- Real Decreto 75/1990, de 19 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos.
- Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Real Decreto-ley 9/2014, de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos.
- Real Decreto 1723/2012, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actividades de obtención, utilización clínica y coordinación territorial de los órganos humanos destinados al trasplante y se establecen requisitos de calidad y seguridad.
- Ley Orgánica 3/1986, 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud.
- Real Decreto 2230/1982, de 18 de junio, sobre autopsias clínicas.
- Real Decreto 2043/1994, de 14 de octubre, sobre inspección y verificación de buenas prácticas de laboratorio.
- Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria.
- Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la red nacional de vigilancia epidemiológica.
- Real Decreto 1091/2015, de 4 de diciembre, por el que se crea y regula el Registro Estatal de Enfermedades Raras.
- Real Decreto 65/2006, de 30 de enero, por el que se establecen requisitos para la importación y exportación de muestras biológicas.
- Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente.
- Real Decreto 824/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los laboratorios farmacéuticos, los fabricantes de principios activos de uso farmacéutico y el comercio exterior de medicamentos y medicamentos en investigación.
- Real Decreto 1416/1994, de 25 de junio, por el que se regula la publicidad de los medicamentos de uso humano.
- Real Decreto 782/2013, de 11 de octubre, sobre distribución de medicamentos de uso humano.
- Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.
- Real Decreto 1785/2000, de 27 de octubre, sobre la circulación intracomunitaria de medicamentos de uso humano.
- Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
- Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia.
- Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.
- Real Decreto 1275/2011, de 16 de septiembre, por el que se crea la Agencia estatal “Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios” y se aprueba su Estatuto.
- Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
- Real Decreto de 3 de septiembre de 1880 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley de 10 de enero de 1879 sobre propiedad intelectual.
- Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
- Real Decreto 316/2017, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
- Ley 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.