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OPOSICIONES

Oposiciones Letrado de la Seguridad Social

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INTRODUCCIÓN A LAS OPOSICIONES DE LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El Cuerpo de Letrados de la Seguridad Social pertenece al Subgrupo A1, por lo que los requisitos para acceder al mismo y el sueldo a percibir son similares a los ya explicados para otras Oposiciones pertenecientes al mismo Subgrupo.

Este tipo de Oposiciones no son tan populares como aquellas relacionadas directamente con la Administración de Justicia, si bien suelen convocarse plazas con mucha frecuencia, por lo que es una importante opción a valorar por aquellos que terminan el Grado en Derecho con la idea de estudiar oposiciones y no tienen muy claro por cuál decantarse. Ahora bien, siempre es importante que el contenido de las oposiciones y las labores a desempeñar por este tipo de funcionario resulte atractivo para el estudiante. Recuerda que no es necesario haber cursado el máster de acceso a la abogacía, ni haber superado el examen de acceso a la abogacía para poder opositar.

REQUISITOS DE ACCESO A LA OPOSICIÓN A LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Como requisitos de acceso al Cuerpo Superior de Letrados de la Seguridad Social, se prevén los siguientes:

  • Tener nacionalidad española.
  • Tener una edad comprendida entre los 18 años y la edad legal de jubilación.
  • Ser Licenciado o Graduado en Derecho.
  • Tener la capacidad necesaria para el desempeño de las funciones propias del cargo.
  • No haber sido separado del servicio de las Administraciones Públicas ni estar inhabilitado para ejercer la función pública.

TEMARIO DE LAS OPOSICIONES A LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El temario de las Oposiciones a Letrado de la Seguridad Social aborda ocho grandes bloques, todos ellos relacionados con Derecho:

  • Derecho Civil (67 temas).
  • Derecho Procesal (41 temas).
  • Derecho Registral (13 temas) y Mercantil (21 temas).
  • Derecho Penal (16 temas) y Derecho Financiero y Tributario (12 temas).
  • Seguridad Social (43 temas).
  • Derecho Procesal Laboral (13 temas).
  • Derecho Constitucional y Administrativo (43 temas).
  • Derecho del Trabajo (32 temas).

Siempre es aconsejable contar con preparadores, ya sea en academias físicas u online, para garantizar el estudio completo del temario, resolver dudas y controlar la evolución de los aspirantes a efectos de determinar si su nivel de preparación puede ser óptimo o no para superar los distintos ejercicios.

EXAMEN DE ACCESO AL CARGO DE LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Como es habitual en las Oposiciones del Subgrupo A1, el proceso selectivo se divide en dos fases: oposición y curso selectivo.

Fase de oposición

Como curiosidad que no estaba presente en otras Oposiciones ya comentadas, o que al menos no se indicaba en la publicación del BOE, para el año 2019 se prevé un orden de actuación de los aspirantes para la fase de oposición, de tal forma que comenzará alfabéticamente por aquel cuyo primer apellido empiece por la letra ‘Ñ’ o, en caso de no existir, por la letra ‘O’, y así sucesivamente.

La duración máxima para realizar esta primera fase de oposición es de 7 meses, realizándose el primer ejercicio en un plazo máximo de cuatro meses desde la publicación de la convocatoria en el BOE.

La fase de oposición consta de de cinco ejercicios, teniendo todos ellos carácter eliminatorio:

El primer ejercicio consiste en exponer oralmente cinco temas extraídos al azar, de los cuales dos serán de Derecho Civil, uno de Derecho Procesal, uno de Derecho Registral y Derecho Mercantil y uno de Derecho Penal y Derecho Financiero y Tributario.

Con carácter previo al inicio de la prueba, el aspirante dispondrá de 15 minutos para preparar un guión, pero sin consultar textos ni apuntes. Una vez iniciada, el tiempo máximo que se concede a los aspirantes es de 1 hora, debiendo exponer cada tema durante, mínimo, 5 minutos. Una vez terminada la exposición, el Tributar puede dialogar con el candidato durante un máximo de 15 minutos.

El segundo ejercicio tiene carácter escrito y el opositor deberá resolver un dictamen sobre el tema propuesto por el Tribunal.

La duración máxima de este ejercicio será de 5 horas, pudiendo consultar durante el desarrollo del examen cuantos textos legales y jurisprudenciales consideren oportunos los aspirantes. Finalizado el ejercicio, la prueba será leída públicamente ante el Tribunal por cada uno de los candidatos.

El tercer ejercicio es una prueba de idiomas, en la que el aspirante deberá traducir al castellano, sin la ayuda de diccionario, el escrito un texto técnico-jurídico elegido por el Tribunal y redactado en el idioma elegido por el candidato entre inglés y francés.

Para realizar este examen, el candidato dispondrá de un máximo de 1 hora. Una vez terminado el ejercicio, el opositor leerá su traducción y el Tribunal podrá dialogar con él durante 15 minutos.

El cuarto ejercicio es nuevamente oral, en el que igualmente habrá que exponer cinco temas sacados al azar, de los cuales dos serán del bloque de Seguridad Social, uno de Derecho Procesal Laboral, uno de Derecho Constitucional y Administrativo y uno de Derecho del Trabajo.

Como ocurría en el primer ejercicio, los candidatos tendrán 15 minutos antes de empezar el ejercicio para elaborar un guión, sin textos y apuntes. Los tiempos de realización de la prueba son idénticos a los del primer ejercicio, es decir, un máximo de 1 hora, teniendo que comentar cada uno de los temas durante un mínimo de 5 minutos y pudiendo al final dialogar con el Tribunal, si éste así lo desea, durante 15 minutos como mucho.

El quinto y último ejercicio consiste en resolver por escrito el supuesto contencioso propuesto por el Tribunal.

El tiempo máximo para hacer el ejercicio será de 5 horas, durante las que los opositores podrán consultar textos legales y jurisprudenciales. Terminado el ejercicio, se leerá públicamente por los candidatos ante el Tribunal.

En cuanto a la calificación, todos los ejercicios, excepto el tercero, se calificarán con una puntuación de entre 0 y 10, debiendo obtener, al menos, 5 puntos para superar cada uno de los ejercicios.

Para los ejercicios primero y segundo, es importante señalar que si el aspirante alcanza el 70 y el 60%, respectivamente, de la puntuación máxima y no aprobase finalmente la fase de oposición, conserva dichas puntuaciones para la convocatoria siguiente, siempre que el contenido del examen y la calificación no sean modificados.

El tercer ejercicio se puntuará con un mínimo de 0 y un máximo de 5, siendo necesario obtener 2’5 puntos como mínimo.

Curso selectivo

Aquellos que superen la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas, comenzando entonces el curso selectivo, cuya duración será de 9 meses como máximo.

El contenido del curso selectivo es fundamentalmente práctico, ya que las materias están directamente referidas a las funciones y la práctica forense propias de un Letrado de la Seguridad Social.

Una vez terminado el curso selectivo, los candidatos son evaluados por el Director del curso, oscilando la calificación entre 0 y 10 puntos, entendiendo que se supera esta fase del proceso selectivo con un mínimo de 5 puntos.

Sumando las puntuaciones de ambas fases, se obtiene la calificación máxima del proceso selectivo. En caso de empate, se dará preferencia a quienes hayan obtenido una calificación mayor en la fase de oposición. Si persiste el empate, se prevé un orden de prelación:

  • Mayor puntuación en el cuarto ejercicio.
  • Mayor puntuación en el primer ejercicio.
  • Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
  • Mayor puntuación en el quinto ejercicio.
  • Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

CONVOCATORIA A LA OPOSICIÓN A LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El día 9 de febrero de 2019 se publicó en el BOE la convocatoria de plazas por el sistema de acceso libre al Cuerpo de Letrados de la Administración de la Seguridad Social.

El número de plazas convocadas es de 25, de las cuales 1 queda reservada para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Como ya sabéis, se concede a los opositores un plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE, para presentar las solicitudes, de tal forma que para este año 2019 el plazo comenzó el 11 de febrero de 2019 y finalizó el 8 de marzo de 2019.

FUNCIONES DE UN LETRADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Las funciones que un Letrado de la Seguridad Social tiene que desempeñar en su labor diaria, todas ellas en el ámbito de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, son, entre otras:

  • Coordinar la asistencia jurídica contenciosa tanto en la jurisdicción española como en las jurisdicciones europea y extranjera, pudiendo intervenir en todos los órdenes jurisdiccionales.
  • Cuando así lo delegue el Secretario de Estado de la Seguridad Social:
  • Autorizar el allanamiento frente a las pretensiones ejercitadas contra la Administración de la Seguridad Social, el desistimiento de las acciones, recursos y querellas interpuestos por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social.
  • Elevar el criterio al órgano competente respecto a la postulación que debe asumir el Letrado de la Seguridad Social cuando exista contraposición de intereses entre Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social.
  • Adoptar decisiones para que los Letrados de la Seguridad Social asuman la representación y defensa de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social en procedimientos arbitrales.
  • Dictar las Órdenes de Servicio e Instrucciones necesarias para garantizar el principio de unidad de doctrina, la actuación coordinada de los Servicios Jurídicos delegados de la Seguridad Social y el correcto funcionamiento de los mismos.
  • Inspeccionar la actuación técnico-jurídica de dichos Servicios Jurídicos delegados.
  • Despachar las comunicaciones con las autoridades judiciales.
  • Autorizar la representación y defensa en juicio de autoridades, funcionarios y empleados de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social por acciones u omisiones en el ejercicio de su cargo.
  • Coordinar el asesoramiento jurídico en Derecho de la Administración de la Seguridad Social, sin perjuicio de las competencias consultivas que sean atribuidas a otros órganos de la Administración.
  • Emitir informes de especial trascendencia, que afecten a varias Entidades Gestoras o Servicios Comunes o sean requeridos por éstos.
  • Estudio o revisión de anteproyectos de ley o proyectos de ley procedentes de los Departamentos Ministeriales que requieran de la Dirección del Servicio Jurídico de la Seguridad Social.
  • Convocar cursos de formación de los Letrados de la Seguridad Social, sin perjuicio de las funciones propias de la Subsecretaría de Empelo y Seguridad Social, debiendo elaborar el programa anual de estas actividades y cursos.
  • Elaborar una estadística general de los asuntos que son competencia del Servicio Jurídico de la Seguridad Social.

En el siguiente enlace, podéis encontrar un artículo de 19 de febrero de 2019 relativo a la bienvenida que el Secretario de Estado, D. Octavio Granado, y la directora del Servicio Jurídico, Dª María Ángeles Lozano Mostazo, dan la bienvenida a los aspirantes que inician el curso selectivo y les comentan cuáles pueden ser las áreas prácticas y novedades en las que se prevé una gran intervención de los Letrados de la Seguridad Social: https://revista.seg-social.es/2019/02/19/se-refuerza-la-plantilla-de-letrados-de-la-seguridad-social/.

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