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La mujer y la Constitución Española de 1978

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El 6 de diciembre de este año, la Constitución Española celebrará su 43º aniversario y es indudable su peso en el marco jurídico normativo español influenciado por la pirámide jerárquica de Hans Kelsen.

Las Cámaras que surgieron de los comicios de 1977 tenían ante sí el gran reto de construir una democracia en España, de asentarla sobre una Norma Fundamental que reconociera la dignidad y la realización de las personas, sus derechos esenciales, individuales y colectivos, a la vida digna, al pensamiento, a la libre expresión, a la participación democrática. Todo estudiante de Derecho conoce, y debe conocer, que si hablamos de Constitución es hablar de supremacía. Estudiada desde el comienzo del Grado, se nos habla de su contenido y de su proceso constituyente, así como de los conocidos “siete padres de la Constitución” como el catedrático Gregorio Peces-Barba, Gabriel Cisneros Laborda o el recientemente fallecido José Pedro Pérez-Llorca Rodrigo, entre otros.

Pero, ¿se menciona de igual manera el papel de la mujer en la legislatura constituyente cuya finalidad fue el Estado de Derecho en el que vivimos actualmente? Ellas abrieron camino en la senda de la participación política y la representación en el Parlamento.

Aquellas Cámaras fueron una reaparición de la sociedad española de ese momento, marcada por la política, y también por la desigualdad real entre hombres y mujeres, que se refleja fielmente en el ordenamiento jurídico marcado por las raíces del contenido colectivo y discriminatorio de mujeres. Por tanto, no es de extrañar que solo 27 mujeres (solo el 5% del total) fueran miembros de la Corte Constitucional. 21 diputadas y 6 senadoras de 1977, militantes de todos los partidos políticos y de diferentes ideologías; pioneras de su tiempo, su trabajo hizo que el papel de la mujer española tras la dictadura de Franco comenzara a cambiar.

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Su existencia y contribución es mucho más que un testimonio, más que defender la lista de demandas de las mujeres; se emplearon a fondo para perfeccionar el texto constitucional:

  • La inclusión de la igualdad en el artículo 14 de la Carta Magna por parte de María Teresa Revilla “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condicióno circunstancia personal o social”,
  • Marta Mata defendiendo los valores y los pilares de la educación pública,
  • El de los planteamientos de enorme calado de justicia social que plantea la diputada Carlota Bustelo al defender los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres,
  • Belén Landáburu que formó parte de la Ponencia de la Ley para la Reforma Política de 1977, siendo la única mujer participante en este trascendente proceso en el que ha quedado su contribución plasmada, entre otros ámbitos, en la reforma del derecho de familia.

Independientemente del partido político al que representaban, todas asumieron que la agenda política del momento pasaba por abolir las leyes que discriminaban a las mujeres.

Hablamos de una época no solo en España, sino en todo el mundo, en la que apenas se piensa en el papel político de la mujer. Cabe recordar que desde 1987, la Unión Europea, el Consejo de Europa y la Unión Interparlamentaria han enfatizado la importancia de que la democracia representaba la participación efectiva de las mujeres en los lugares de decisión. Estas mujeres representaban el símbolo de que las mujeres en España habían recuperado el derecho a la ciudadanía, de que existía el sufragio universal para todos los ciudadanos y todas las ciudadanas.

Si nos adentramos en datos y estadísticas, hemos avanzado hacía las 153 diputadas de la actual legislatura, un 43,7%. Nunca, desde la llegada de la democracia, el total de mujeres ha llegado al 50% en la Cámara Baja. La legislatura con más diputadas fue la XIII, en 2019, con un 48,20% y 171 escaños.

Es interesante poner el foco en el estudio de aquellas figuras que reivindicaron el papel esencial de la mujer en el momento de la Transición hacía la actualidad, que facilitaron el camino para una igualdad real y efectiva entre ambos géneros. Resulta esencial su estudio, su puesta en conocimiento en las facultades de Derecho y en la educación en general. Que ahora, precisamente ahora en democracia, que sus nombres no se borren de la historia, sino que se difundan y reconozca su encomiable trabajo. Ninguna democracia puede ser concebida sin igualdad ni puede avanzar sin igualdad.

En la actualidad, fundaciones como la Red Feminista de Derecho Constitucional trabajan por dar visibilidad a las mujeres en el campo de la docencia de Derecho Constitucional, Derecho Público etc… así como crear un espacio para el debate y la reflexión puede influir en las direcciones actuales y futuras del Derecho Público.

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