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CURIOSIDADES

Xenofobia, Homofobia ¿son todos delitos de odio?

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Al mismo tiempo que se hacía eco la noticia de que la Audiencia Provincial de Madrid no consideraba el cartel de la campaña electoral de VOX (aquél en el que se afirmaba que un menor extranjero no acompañado o MENA le quitaba la pensión a tu abuela) como un delito de odio sino como un mero eslogan político, Samuel, un joven de 24 años gallego, era asesinado mediante una brutal paliza cuyo único motivo era su orientación sexual. Con estas noticias, la categorización de estos hechos como delitos de odio y los propios delitos de odio han vuelto a saltar a la palestra. No obstante, debemos ser cautos, pues no todo acto social y moralmente reprobable constituye un delito de odio.

Regulación de los delitos de odio.

Los delitos de odio se encuentran tipificados en el extenso artículo 510 del Código Penal como delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.

Este artículo se completa con la Circular 7/2019, de 14 de mayo, de la Fiscalía General del Estado, sobre pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el artículo 510 del Código Penal.

Además, en el año 2019, el Ministerio del Interior ha publicado un Plan de Acción de lucha contra los Delitos de odio.

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Definición de los delitos de odio.

Se definen como delitos de odio todos aquellos actos o escritos que fomenten, promuevan o inciten de manera pública, directa o indirectamente, al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.

También constituye un delito de odio el negar o enaltecer actos de genocidio contra estos colectivos o grupos.

Por último, aunque de manera menos grave, también cometen un delito de odio quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos anteriores.

El art. 510, redactado de manera muy extensa y detallada, se puede resumir en que constituye un delito de odio cualquier infracción penal contra las personas o sus propiedades por razón de su raza real o percibida, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar.

Pena por delitos de odio.

  • Cuando el delito consiste en fomentar públicamente el odio hacia un colectivo determinado, la pena es de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses.
  • Cuando el delito consiste en lesionar la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos, la pena es de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a doce meses, aunque existe una agravante en el caso de que los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de internet o mediante el uso de tecnologías de la información o cuando resulten idóneos para alterar la paz pública o crear un grave sentimiento de inseguridad o temor entre los integrantes del grupo.
  • En todos los casos, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por un tiempo superior entre tres y diez años al de la duración de la pena de privación de libertad

¿Dónde acudir si sufro un delito de odio?

  • En primer lugar, como cuando ocurre cualquier otro delito, hay que acudir a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado para denunciarlo.
  • También, desde el año 2019, se puede acudir a la Oficina nacional de lucha contra los delitos de odio del Ministerio del Interior para su denuncia.
  • Por último, numerosas ONGs se dedican también a los delitos de odio y asesoran y acompañan en el proceso legal a personas que los han sufrido.

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