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El ordenamiento jurídico de Santi Romano es, sin duda alguna, una obra fundamental. Y no es la circunstancia concreta de presentar ahora la obra al lector español la que dicta estas palabras, sino que las recojo conociendo plenamente el valor objetivo que ellas tienen; sobradamente tendremos ocasión de ver la consideración que la obra de Romano recibe por parte de la doctrina, como de un auténtico y verdadero hito en el desarrollo del pensamiento jurídico contemporáneo. De ahí precisamente que no trate de llevar a cabo ni un análisis crítico de la misma, ni menos aún de la obra de Romano en general; tal pretensión de enjuiciamiento limitaría casi con lo grotesco, por carecer de toda autoridad en el campo de la dogmática general del Derecho, que es en el que, en concreto, se mueve Santi Romano en la obra que presentamos. Estas páginas, por el contrario, pretenden tener una finalidad mucho más modesta: simplemente presentar la obra al lector español, formulando al mismo tiempo algunas aplicaciones concretas de la tesis ordinamental en el campo específico del Derecho administrativo. Sebastián Martín Retortillo
Autor:Santi Romano
Prólogo:Sebastián Ricardo Martín-Retortillo Baquer
Traductor:Sebastián Ricardo Martín-Retortillo Baquer, Lorenzo Martín-Retortillo Baquer
La doctrina del ordenamiento jurídico de Santi Romano y algunas de sus aplicaciones en el campo del Derecho Administrativo
El ordenamiento jurídico
Nota preliminar
I. El concepto de ordenamiento jurídico
§ 1. El derecho en sentido objetivo concebido generalmente como norma. Insuficiencia de tal configuración
§ 2. Algunos testimonios de carácter general de esta insuficiencia y, en especial, aquellos que se deducen del origen probable de las más comunes definiciones del derecho
§ 3. Necesidad de distinguir las normas jurídicas en particular del ordenamiento considerado unitariamente. Imposibilidad lógica de definir este último como un conjunto de normas
§ 4. La unidad del ordenamiento jurídico ha sido ya intuida en ocasiones
§ 5. Un ordenamiento jurídico no es solo un conjunto de normas, sino que además consta de otros elementos
§ 6. Estos elementos aparecen postulados implícitamente en las investigaciones más comunes acerca de los caracteres diferenciales del derecho
§ 7. Valoración, desde este punto de vista, de la llamada objetividad del derecho
§ 8. Y del elemento de la sanción
§ 9. La expresión “ordenamiento jurídico”
§ 10. Los elementos esenciales del concepto del derecho. El derecho como institución y el derecho como precepto
§ 11. Los precedentes doctrinales del concepto de institución
§ 12. Nuestro concepto de institución y sus caracteres fundamentales
1. Existencia objetiva de la institución
2. Institución y cuerpo social
3. Autonomía de la institución: instituciones complejas
4. Unidad de la institución
§ 13. Equivalencia de los conceptos de institución y ordenamiento jurídico
§ 14. Pruebas de tal equivalencia deducidas de la doctrina según la cual el derecho es solo “forma”
§ 15. Referencia a algunos problemas que deben ser resueltos en base a esta equivalencia
§ 16. Casos en que el establecimiento originario del derecho se verifica no por norma, sino por el surgir de una institución, con la consiguiente imposibilidad de reducir la institución a normas
§ 17. El concepto de institución y el ordenamiento jurídico internacional
§ 18. Institución y relación jurídica: relaciones entre varias personas
§ 19. Relaciones entre personas y cosas: ejemplos de algunas de estas relaciones que, consideradas de modo más amplio, pueden configurarse como instituciones
§ 20. La institución y la persona jurídica
§ 21. Nuestra concepción del derecho en relación con algunos problemas
1. El carácter jurídico de la potestad del Estado
2. La extensión de la personalidad del Estado
3. La relevancia jurídica del territorio y de la soberanía
§ 22. Examen crítico de algunas opiniones que solo valoran el ordenamiento jurídico en la medida en que se refiere a relaciones entre varias personas
1. Aplicaciones en relación con la sanción del derecho
2. Aplicaciones en relación con el territorio y la ciudadanía estatal
3. Aplicaciones en relación con los órganos del Estado
4. Aplicaciones en relación con los limites de la función legislativa
§ 23. Algunas consecuencias de nuestras tesis referentes al aspecto subjetivo del derecho: relación jurídica, status de la persona, derechos reales, correlación entre derechos y obligaciones, posición de igualdad y de desigualdad de los sujetos
§ 24. Consideraciones finales
II. La pluralidad de los ordenamientos jurídicos y sus relaciones
§ 25. La pluraliddad de ordenamientos jurídicos y la doctrina que no admite más derecho que el derecho estatal
§ 26. Inconsistencia de tal doctrina desde un punto de vista histórico y teórico
§ 27. Inconsistencia, incluso respecto del derecho
§ 28. Ordenamientos jurídicos no estatales: el derecho internacional
§ 29. El derecho eclesiástico
§ 30. Los ordenamientos de los entes considerados como ilícitos o de los entes ignorados por el Estado
§ 31. Entes regulados por el Estado, pero que tienen un ordenamiento propio no reconocido por él (ordenamientos disciplinarios de carácter privado; organización interna de centros de trabajo; las llamadas asociaciones o instituciones no reconocidas, etc.)
§ 32. Doctrinas que limitan el concepto de ordenamiento jurídico al ordenamiento de las comunidades en general, y en especial al de las comunidades de carácter necesario
§ 33. Relaciones entre los distintos ordenamientos jurídicos. Principios que deben ser tenidos en cuenta, en orden a:
1. A las instituciones originarias o derivadas
2. A los fines particulares o generales de las instituciones
3. A su distinto fundamento
4. A las instituciones simples o complejas
5. Perfectas o imperfectas
6. Con o sin personalidad
7. Independientes, coordinadas o subordinadas
§ 34. Concepto de la relevancia de un ordenamiento respecto de otro
§ 35. El título de esta relevancia
a) La relación de su superioridad y de correlativa dependencia entre dos ordenamientos
b) Relación por la cual un ordenamiento es presupuesto de otro
c) Relación por la cual varios ordenamientos recíprocamente independientes, dependen de un tercero
d) Relación atribuida unilateralmente por un ordenamiento a otro del que es independiente
e) Relación de sucesión entre varios ordenamientos
§ 36. Momentos distintos de su existencia, de su contenido y de su eficacia en que puede manifestarse la relevancia de un ordenamiento para con otro
§ 37 b) Hipótesis de que un ordenamiento sea el presupuesto del otro (el derecho estatal respecto al Derecho internacional)
§ 38. Relevancia de un ordenamiento en relación con otro en cuanto a su contenido
a) Un orrdenamiento superior como fuente inmediata o mediata de un ordenamiento inferior
§ 39 b) Un ordenamiento superior que influye sobre el contenido de varios ordenamientos inferiores, pero independientes entre sí
§ 40 c) Ordenamiento que determina de por sí su propio contenido, teniendo en cuenta otro ordenamiento inferior o independiente
§ 41 d) Ordenamiento que se incorpora a otro
§ 42. Relevancia de un ordenamiento para con otro en relación con sus efectos. Eficacia externa e interna de un ordenamiento
a) En las relaciones entre varios ordenamientos de los que uno depende de otro, total o parcialmente
b) En las relaciones que tienen lugar entre varios ordenamientos independientes, por disposición unilateral de uno de ellos o de los dos
c) En las relaciones entre varios ordenamientos de los que uno es presupuesto del otro
d) En las relaciones entre varios ordenamientos que se suceden entre sí
§ 43. Distinta amplitud de la relevancia de un ordenamiento para con otro. Aplicaciones en orden al problema de las llamadas obligaciones naturales
§ 44. La irrelevancia de un ordenamiento para con otro: irrelevancia total o parcial, recíproca o unilateral
§ 45. Ordenamiento jurídico irrelevante como tal para con otro, pero relevante bajo otros aspectos (ordenamientos considerados ilícitos por el Estado; organizaciones industriales; instituciones de hecho)
§ 46. La irrelevancia total de un ordenamiento con respecto a otro: posibilidad de tal irrelevancia en relación, incluso, con el ordenamiento estatal
§ 47. Examen crítico de la doctrina contraria. Las limitaciones del ordenamiento estatal; sus distintas figuras y consecuencias
§ 48. Los ordenamientos internos de instituciones, especialmente estatales, frente al ordenamiento de otras instituciones en las que están comprendidas
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Producto | Libros jurídicos |